Casación No. 52-2011

Sentencia del 04/05/2012

“...Por la forma en que el recurrente efectuó su impugnación, el presente análisis se realiza considerando conjuntamente los cuatro submotivos de fondo invocados. Al hacerlo, se aprecia que existe error de planteamiento insubsanable que impide que la Cámara pueda incursionar en el análisis de fondo del presente asunto, pues el recurrente falla al invocar los submotivos de “error de derecho”, violación, aplicación indebida e interpretación errónea de la ley y doctrina, señalando como infringidos: los artículos 48 y 135 de la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala.
Esta Cámara ha expresado en anteriores oportunidades que la casación se invalida técnicamente, cuando se citan las mismas normas jurídicas como violadas, aplicadas indebidamente e interpretadas erróneamente, lo que deviene lógico puesto que es materialmente imposible que un órgano jurisdiccional pueda vulnerar una misma norma jurídica, a través de tres vicios de distinta naturaleza y que a todas luces se excluyen entre sí; por esa misma razón, es imposible hacer el análisis comparativo del argumento formulado, debido a que el mismo deviene improcedente por su incongruencia...”